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B.    Comunicación de inicio de actividad


Con carácter general únicamente es preciso que el operador realice una comunicación a la autoridad competente (Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria), con carácter previo o simultáneo al inicio de su actividad. No obstante, los establecimientos que manipulen productos de origen animal a los que se refiere el artículo 4.2 del Reglamento (CE) Nº 853/2004, están obligados a solicitar y  obtener una autorización de funcionamiento con carácter previo a dicha inscripción. Dicha autorización es imprescindible para iniciar la actividad.
¿Qué datos debe incluir la comunicación?

Solicitud de comunicación, para la que podrá utilizar el modelo normalizado, cumplimentado por duplicado. Los datos de carácter general obligatorio son los siguientes:


    a)  Titular de la actividad: nombre o razón social:

 

1.    Personas físicas / jurídicas: copia del DNI / copia del NIF-CIF.
2.    Comunidad de bienes: copia del documento de constitución de la comunidad, del DNI de las personas que la integran y del NIF de la comunidad.
 

   b)   Domicilio social (a efectos de notificación).

   c)   Domicilio industrial: Dirección del/ los establecimientos/s.
   d)   Descripción de la(s) actividad/es alimentaria/s.

   e)   Nombre comercial, en su caso.
   f)   Teléfono, fax y correo electrónico, en su caso.
 
Para efectuar el trámite de comunicación, puede utilizar el impreso que encontrará en el apartado de "Ficheros y Anexos a descargar"  o directamente en el Servicio de Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad (c/ Federico Vial 13 de Santander).
Para su correcta inscripción es fundamental que indique las actividades alimentarias conforme a la información facilitada en una de las siguientes guías de clasificación de actividades:

Guia de calasificación de empresas y establecimientos Cantabria_Revisión 13_13/12/2022.

Guía para la clasificación e identificación de las empresas y establecimientos alimentarios AESAN

¿Qué otras situaciones requieren comunicación?

Una vez inscrito en el RGSEAA, existe la obligación de comunicar la variación de datos en los supuestos de: cambio de titular, cambio de domicilio industrial, cambio de domicilio social, ampliación de actividad alimentaria, cese parcial de actividades, cierre del establecimiento, así como cualquier otra modificación que afecte a los datos inscritos en el Registro.

 

 

 

 

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