REGISTRO GENERAL SANITARIO DE EMPRESAS ALIMENTARIAS Y ALIMENTOS
Las empresas y establecimientos mayoristas que realizan actividades alimentarias de elaboración, fabricación, transformación, envasado, almacenamiento, transporte, distribución y/o importación deben inscribirse en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA)
El Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) es un Registro de carácter nacional en el que se inscriben las actividades alimentarias mayoristas, y también determinados alimentos destinados a una alimentación especial (alimentos dietéticos), conforme a su legislación específica. Para la inscripción inicial en el RGSEAA, el trámite se realizará según una de las siguientes modalidades:
Están obligados a solicitar y obtener una
autorización de funcionamiento, previa a la inscripción, aquellos establecimientos que
manipulen productos de origen animal a los que se refiere el artículo 4.2 del
Reglamento (CE) Nº 853/2004. Serán por tanto objeto de autorización sanitaria previa a la inscripción aquellas empresas que reúnan las siguientes características:
- Manipulan productos de origen animal.
- Dispongan de instalaciones físicas para las actividades de:
- Fabricación y/o envasado
- Almacenamiento a temperatura regulada (refrigeración y/o congelación).
- Los impresos de solicitud de autorización deben presentarse acompañados de la documentación complementaria que figura en el siguiente enlace:
Documentación e información para la inscripción en el RGSEAA
Una vez tramitada y aprobada la comunicación o la autorización, a los establecimientos inscritos se les asigna un número de identificación de carácter nacional.
En el caso de los establecimientos a los que se refiere el Anexo III del Reglamento (CE) 853/2004 (mataderos, industrias cárnicas, industrias de la pesca, industrias lácteas, centros de embalaje de huevos, almacenes frigoríficos y otros establecimientos de productos de origen animal), el número adjudicado tras su autorización ha de incluirse en la marca sanitaria de las carnes frescas y en el marcado de identificación de otros productos de origen animal.
Los establecimientos autorizados inscritos en el RGSEAA, figurarán en los listados de establecimientos autorizados de la UE.
Para efectuar el trámite de solicitud de autorización, puede utilizar el impreso que encontrará en el apartado de "Ficheros y Anexos a descargar" o directamente en el Servicio de Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad (c/ Federico Vial 13 de Santander).
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B. Comunicación a la autoridad competente, con carácter previo o simultáneo al inicio de su actividad, en los demás casos.
Con carácter general únicamente es preciso que el operador realice una
comunicación a la autoridad competente (Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria), con carácter previo o simultáneo al inicio de su actividad. No obstante, los establecimientos que manipulen productos de origen animal a los que se refiere el artículo 4.2 del
Reglamento (CE) Nº 853/2004, están obligados a solicitar y obtener una
autorización de funcionamiento con carácter previo a dicha inscripción. Dicha autorización es imprescindible para iniciar la actividad.
¿Qué datos debe incluir la comunicación?
Solicitud de comunicación, para la que podrá utilizar el modelo normalizado, cumplimentado por duplicado. Los datos de carácter general obligatorio son los siguientes:
* a) Titular de la actividad: nombre o razón social:
1. Personas físicas / jurídicas: copia del DNI / copia del NIF.
2. Comunidad de bienes: copia del documento de constitución de la comunidad, del DNI de las personas que la integran y del NIF de la comunidad.
* c) Domicilio social (a efectos de notificación).
* d) Domicilio industrial: Dirección del/ los establecimientos/s.
* e) Descripción de la(s) actividad/es alimentaria/s.
* f) Nombre comercial, en su caso.
* g) Teléfono, fax y correo electrónico, en su caso.
Para efectuar el trámite de comunicación, puede utilizar el impreso que encontrará en el apartado de "Ficheros y Anexos a descargar" o directamente en el Servicio de Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad (c/ Federico Vial 13 de Santander).
A los efectos de efectuar una correcta inscripción, tanto para el caso de autorización como en el caso de comunicación, es fundamental que indique las actividades alimentarias conforme a la Guía de clasificación de actividades, así como a las directrices establecidas por el Servicio de Segruridad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Cantabria:
Una vez inscrito en el RGSEAA, existe la obligación de comunicar la variación de datos en los supuestos de: cambio de titular, cambio de domicilio industrial, cambio de domicilio social, ampliación de actividad alimentaria, cese parcial de actividades, cierre del establecimiento, así como cualquier otra modificación que afecte a los datos inscritos en el Registro.