Incapacidad Temporal
Incapacidad Temporal
La Ley de la Seguridad Social define la Incapacidad Temporal (IT) como la situación en la que un trabajador, por causa de enfermedad o accidente, se encuentra imposibilitado para el desarrollo de su trabajo y recibe asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social, con una duración máxima de 12 meses prorrogables por otros seis, cuando se presuma que durante ellos pueda ser dado de alta médica por curación o mejoría.
Los elementos definitorios de la IT son por tanto:- La situación de enfermedad
- La necesidad de tratamiento por los Servicios Médicos Públicos
- La incapacidad para el trabajo
- Las bajas laborales se pagan con el dinero de todos los trabajadores.
- La baja laboral es una prescripción médica, cuando a causa de una enfermedad no puedes desarrollar tu trabajo.
- La baja laboral forma parte del tratamiento de una enfermedad.
- Quien hace un mal uso del as bajas laborales nos defrauda a todos.
EMISIÓN DE PARTES DE BAJA Y DE CONFIRMACIÓN DE LA BAJA
- Establecerá la duración estimada de la baja.
- Y la fecha del próximo reconocimiento.
D U R A C I Ó N E S T I M A D A
DURACIÓN DEL PROCESO (DÍAS) | EXPEDICIÓN PRIMER PARTE DE CONFIRMACIÓN | EXPEDICIÓN DE LOS SUCESIVOS PARTES DE CONFIRMACIÓN |
1 - 4 | Parte de baja y alta en un solo acto. | No habrá sucesivos |
5 - 30 | Máximo 7 días | Como máximo cada 14 días |
31 - 60 | Máximo 7 días | Como máximo cada 28 días |
61 o más | Máximo 14 días | Como máximo cada 35 días |
REQUERIMIENTOS A LOS TRABAJADORES PARA RECONOCMIENTO MÉDICO
- La Inspección Médica del SPS, el INSS, ISM y Mutuas, podrán citar al trabajador en cualquier momento.
- En caso de no acudir al reconocimiento, se procederá a suspender cautelarmente la prestación económica.
- Se tendrá un plazo de 10 días para justificar dicha ausencia. Si no extinción de la prestación.
DECLARACIONES DE ALTA
- Médico de AP
- Inspección Médica del SPS
- Inspección Médica del INSS o del ISM
Aunque la fecha del reconocimiento establecida en el parte de confirmación sea posterior.
Obligación del trabajador de incorporarse al día siguiente.
TRAMITACIÓN DE PARTES POR EL TRABAJADOR
- El médico dará dos ejemplares de papel al trabajador ( quedándose uno el asegurado y entregando otro a la empresa).
- El asegurado está obligado a presentar el parte médico de baja en el plazo de 3 días desde su expedición y del parte médico de alta en el plazo de 24 horas.
TRAMITACIÓN DE PARTES POR LA EMPRESA
Obligación de remitir al INSS, en el plazo máximo de 3 díashábiles contados a partir de la recepción del parte presentado por el asegurado, a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta que les presenten los asegurado, debidamente cumplimentados con los datos que correspondan a la empresa.