Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales Sanitarias
Los Títulos obtenidos por nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea en cualquiera de sus Países, podrán obtener en España su reconocimiento, a efectos estrictamente profesionales, es decir, para poder ejercer una profesión concreta regulada en el Estado de acogida.
Su base son las normas contenidas en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea que regulan la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. En consecuencia, sus Directivas desarrollan un sistema de reconocimiento de las cualificaciones profesionales de los migrantes en los Estados de acogida. Mediante las oportunas normas internas de transposición, se regularan en España.
La Consejería de Sanidad tiene atribuidas competencias sobre reconocimiento y resolución de los expedientes de reconocimiento de títulos y certificados de formaciones profesionales o secundarias del sector sanitario inferiores a tres años, expedidas por los estados miembros de la Unión Europea, o asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a los efectos de ejercer una profesión regulada en un Estado distinto al del solicitante.
Las profesiones del sector sanitario afectadas por este sistema de homologación profesional son:
- Técnico especialista de Laboratorio
- Técnico especialista de Radiodiagnóstico
- Técnico especialista de Medicina Nuclear
- Técnico especialista de Radioterapia
- Técnico especialista en Dietética y Nutrición
- Técnico especialista de Salud Ambiental
- Técnico especialista de Anatomía Patológica
- Técnico en Farmacia
- Protésico Dental
- Higienista Dental
- Auxiliar de Enfermería
Además, recientemente la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria ha sido designada como autoridad competente en Cantabria para el reconocimiento de títulos de los Técnicos Superiores en Imagen para el diagnóstico (Directiva 2005/36/CEE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales), participando en un proyecto piloto denominado IMI en el cual es el órgano con competencia al cual deben dirigirse las instituciones de Europa de cara al reconocimiento de títulos españoles de Técnico en Radiodiagnóstico por imagen.
Enlaces
Normativa aplicable:
Nacional
- Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006.
- Real decreto 1171/2003, de 12 de septiembre , por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los reales decretos de transposición correspondientes.
- Real decreto 253/2003, de 28 de febrero , por el que se incorpora al ordenamiento español la Directiva 1999/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de junio de 1999, por la que se establece un mecanismo de reconocimiento de titulaciones respeto a las actividades profesionales a qué se refieren las directivas de liberalización y medidas transitorias.
- Real decreto 784/2001, de 6 de julio ,por el que se modifican los anexos del Real decreto 1396/1995, de 4 de agosto, para incorporar la Directiva 2000/5/CE de la Comisión , de 25 de febrero de 2000, relativa a un segundo sistema de reconocimiento de formaciones profesionales.
- Real decreto 1754/1998, de 31 de julio , por el que se incorporan al derecho español las directivas 95/43/CE y 97/38/CE y se modifican los anexos de los reales decretos 1665/1991, de 25 de octubre, y 1396/1995, de 4 de agosto.
- Orden de 9 de diciembre de 1987, por la que se regula la prueba de aptitud y el periodo de prácticas para el reconocimiento de las titulaciones de formación profesional del sector sanitario de los estados de la Unión Europea.
Europea
- Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, que modifica la anterior, relativas ambas al reconocimiento de cualificaciones profesionales en los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el espacio económico europeo.
- Directiva 2005/36/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de septiembre de 2005 relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.
- Decisión 2004/108/CE, de 28 de enero , que modifica el anexo C de la Directiva 92/51/CEE.
- Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican las directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los reales decretos de transposición correspondientes.
- Directiva 97/38/CE, de 20 de junio, que modifica el anexo C de la Directiva 92/51/CEE.
- Directiva 95/43/CE, de 20 de julio, que modifica los anexos C y D de la Directiva 92/51/CEE.
- Directiva 94/38/CEE, de 26 de julio, que modifica los anexos C y D de la Directiva 92/51/CEE.
- Directiva 92/51/CEE, de 18 de junio, relativa a un segundo sistema de conocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE.
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