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22 jul 2021

Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición AESAN sobre bebidas energéticas.

El consumo de 1,4 miligramos de cafeína por kilo de peso al día puede conllevar insomnio y reducción de la duración del sueño. Si la ingesta supera los 3 miligramos, entraña riesgos cardiovasculares y hematológicos, neurológicos y psico-comportamentales.

El 16% de los estudiantes de 14 a 18 años había mezclado alcohol con bebidas energéticas en los últimos 30 días, según ESTUDES (del Plan Nacional sobre Drogas).

El informe del Comité ha identificado un patrón de consumo de riesgo potencial para la salud reafirmando las conclusiones de diferentes estudios previos analizados que ya alertaban de una tendencia creciente del consumo de estas bebidas por parte de los jóvenes.
En la actualidad, la definición de este producto no está recogida específicamente en la normativa y se engloba dentro de las bebidas refrescantes. Tampoco existe una regulación de los ingredientes permitidos, sus concentraciones máximas o sus posibles combinaciones. Por ello, el Ministerio, a través de la Agencia, abordará un plan de información a consumidores sobre la composición y los posibles riesgos que conlleva la ingesta de bebidas energéticas en cantidades no recomendadas. La cafeína es el ingrediente principal de estas bebidas, pero además se acompaña de otros ingredientes activos (taurina, L-carnitina, D-glucurono-γ-lactona, vitaminas e incluso ingredientes a base de plantas como ginseng, guaraná y ginkgo, entre otros) lo que genera una gran heterogeneidad en la información al consumidor en el etiquetado.
 
Este estudio revela que una persona que consuma más de 1,4 miligramos de cafeína por kilo de peso al día puede sufrir insomnio y reducción de la duración del sueño. Si esta ingesta se eleva a 3 miligramos, puede implicar riesgos cardiovasculares y hematológicos, neurológicos y psico-comportamentales.
 
Teniendo en cuenta que los envases más habituales de este producto contienen 32 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros, el Comité Científico de la AESAN remarca en su informe los potenciales riesgos para la salud que conlleva la ingesta del producto en envases de 300 a 500 mililitros que se comercializan en la actualidad. En consecuencia, se menciona que:
 
•    Los consumidores de 50 kg deben evitar el consumo de bebidas energéticas con más de 32 mg/100ml para evitar alteraciones del sueño.
•    Los consumidores de 60 kg no deben consumir 1000 ml de cualquier bebida energética ni superar 500 ml de estas bebidas con concentraciones de 40-55 mg cafeína/100 ml, por sus alteraciones del sueño y efectos adversos generales para la salud.
•    Los consumidores de 70 kg no deben consumir más de 1000 ml/ día de estas bebidas de 15 mg cafeína o 500 ml de bebidas de 32 mg cafeína/100 ml o 250 ml/día de bebidas con 40-55 mg cafeína/100 ml para evitar alteraciones del sueño. Además, no deben consumir más de 1000 ml de bebidas de 32-40 mg cafeína/100 ml o más de 500 ml de bebidas energéticas de 55 mg cafeína/100 ml para evitar los efectos adversos para la salud.
 
 
El informe científico también pone de manifiesto el riesgo de interacción con los medicamentos, así como de la presencia de otros componentes con principios activos naturales como el ginseng o el gingko, con ingesta contraindicada en periodos de embarazo y la lactancia. En el caso del ginseng, también en la infancia y adolescencia. Además, el consumo de las bebidas energéticas no está recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia, según la normativa europea de información al consumidor.
Es necesario informar adecuadamente a la ciudadanía para el consumo seguro de estas bebidas, teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité Científico de la AESAN, así como establecer contacto con los fabricantes de productos energizantes para abordar el adecuado cumplimiento de la información proporcionada al consumidor y la publicidad y promoción de estos productos. Es importante recordar que según el Reglamento UE información al consumidor ya es obligatorio, si la concentración es superior a 150 mg cafeína/l la inclusión de la advertencia en el etiquetado del producto: “Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia”.

El informe en una de sus recomendaciones finales también aboga por profundizar en el trabajo de evaluar el consumo, exposición y riesgo de otros “modelos de consumo de cafeína” como los conocidos shots o caffeine/energy shots, productos comercializados en formato pequeño que concentran, en menos de 100 ml, elevadas concentraciones de cafeína muy superiores a las de las bebidas energéticas.

Cabe recordar que, según los resultados de la última encuesta sobre uso de drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES) del Plan Nacional sobre Drogas, 4 de cada 10 estudiantes de entre 14 y 18 años habían tomado bebidas energéticas en el último mes. Su consumo es mayor en los chicos (49,7%) que en las chicas (31,1%). Además, el 16% de los estudiantes de 14 a 18 años había mezclado alcohol con bebidas energéticas en los últimos 30 días.
 

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