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La Ley de la Seguridad Social define la Incapacidad Temporal (IT) como la situación en la que un trabajador, por causa de enfermedad o accidente, se encuentra imposibilitado para el desarrollo de su trabajo y recibe asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social, con una duración máxima de 12 meses prorrogables por otros seis, cuando se presuma que durante ellos pueda ser dado de alta médica por curación o mejoría.
Los elementos definitorios de la IT son por tanto:
EMISIÓN DE PARTES DE BAJA Y DE CONFIRMACIÓN DE LA BAJA
D U R A C I Ó N E S T I M A D A
DURACIÓN DEL PROCESO (DÍAS) | EXPEDICIÓN PRIMER PARTE DE CONFIRMACIÓN | EXPEDICIÓN DE LOS SUCESIVOS PARTES DE CONFIRMACIÓN |
1 - 4 | Parte de baja y alta en un solo acto. | No habrá sucesivos |
5 - 30 | Máximo 7 días | Como máximo cada 14 días |
31 - 60 | Máximo 7 días | Como máximo cada 28 días |
61 o más | Máximo 14 días | Como máximo cada 35 días |
REQUERIMIENTOS A LOS TRABAJADORES PARA RECONOCMIENTO MÉDICO
Aunque la fecha del reconocimiento establecida en el parte de confirmación sea posterior.
Obligación del trabajador de incorporarse al día siguiente.
TRAMITACIÓN DE PARTES POR EL TRABAJADOR
TRAMITACIÓN DE PARTES POR LA EMPRESA
Obligación de remitir al INSS, en el plazo máximo de 3 díashábiles contados a partir de la recepción del parte presentado por el asegurado, a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta que les presenten los asegurado, debidamente cumplimentados con los datos que correspondan a la empresa.