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Piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas de Cantabria

 

La caza en Cantabria está ligada invariablemente a los montes y al medio rural, practicándose en nuestra Comunidad Autónoma de manera estacional en sus diversas modalidades.
 
La posible incorporación de las carnes de caza a la cadena alimentaria hace necesario su control higiénico sanitario, siendo el veterinario el único profesional autorizado para inspeccionar las piezas de caza abatidas en los difrerentes tipos de actividades cinegéticas.
 
Las piezas de caza que tengan como desrtino su comercialiación deberán someterse a un control sanitario que se llevará a efecto en el lugar de la actividad cinegética y se realizará por un veterinario colaborador. Una vez realizado el control sanitario, el veterinario colaborador expedirá el certificado sanitario en el que se reflejará el resultado del control, con los posibles decomisos de vísceras y los procesos patológicos o de cualquier otra índole detectados. Este certificado sanitario debe acompañar a las piezas de caza hasta el establecimiento aurtorizado donde van a ser procesadas ( Sala de Tratamiento de caza silvestre).
 
Las piezas de caza cuya carne se destine al autoconsumo, es decir al consumo propio o grupo familiar inmediato, deberán somterse a una inspección postmortem realizada por un veterinario colaborador. En el caso de los jabalies, esta inspección se completará con el análiss pertinente de detección de triquina, para lo cual deberán examinarse conforme a uno de los métodos de digestión descritos en el Reglamento de Ejecución ( UE) 2015/1375, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne.
 
Queda prohibida cualquier exhibición pública de las piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas.
 
 

Legislación de aplicación:

 

  • Orden de 22 de septiembre de 2004, por la que se regula la recogida, transporte e inspección sanitaria de las piezas de caza   mayor abatidas en actividades cinegéticas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Reglamento de ejecución ( UE) 2015/1375, de 10 de agosto de 2015, por el que se establecen normas específicas para los controles oficiales de la presencia de triquinas en la carne.
  • Reglamento ( CE) Nº 853/2004 , de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

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