Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGSCAN)
Este Registro tiene carácter público y obligatorio, respetando en todo caso lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La inscripción en el Registro se efectúa de oficio una vez concedida la Autorización de Funcionamiento, no suponiendo ningún trámite adicional.
Los datos contenidos en la información básica son públicos, si bien el derecho de acceso, consulta u obtención de certificados estará sujeto a la acreditación del interés legítimo por parte del interesado y a lo dispuesto en el Capítulo III, del Título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
TRAMITACIÓN: Consultar Instrucciones
>> Guía interactiva de ayuda a la cumplimentación "paso a paso" (Ver/Descargar)
ÁREA DE DESCARGA: PROCEDIMIENTOS | SOLICITUDES
Rellenar | Auto-Liquidar | Registrar (Se realizará exclusivamente por medios electrónicos)
______ FORMULARIOS INTERACTIVOS ____
Tipos de trámites administrativos de Autorización
Centros | Servicios | Establecimientos Sanitarios
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Autorización de Instalación - «Formulario Nº1» |
Necesaria en el caso de creación de centros, servicios o establecimientos sanitarios, que impliquen realización de obra nueva o alteraciones sustanciales en su estructura o instalaciones públicas o privadas de cualquier clase y naturaleza. Autoriza el proyecto (no la apertura o el funcionamiento).
- Autorización de Funcionamiento - «Formulario Nº2» | Es la que faculta a los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos o privados de cualquier clase y naturaleza para realizar su actividad y es exigida con carácter preceptivo de modo previo al inicio y la apertura.
- Autorización Publicidad Sanitaria - «Formulario Nº6» | Sirve para regular (expresa y previa a la publicación) toda forma de comunicación y difusión del mensaje publicitario dirigida al público general ya sea gráfica, sonora o audiovisual, efectuada por cualquier medio o soporte, incluida internet, cuya finalidad sea la contratación de prestaciones sanitarias realizadas por profesionales de la salud y prestado por un centro, servicio o establecimiento sanitario autorizado e inscrito en el Registro sanitario.
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Certificación Técnico-sanitaria de Ambulancias - «Formulario Nº7» |
Se otorgará a los vehículos de transporte sanitario por carretera, ubicados en la C.A de Cantabria, que cumpla con los requisitos exigibles, por un plazo de dos años para vehículos nuevos y de un año, a partir del segundo año de antigüedad, hasta el cumplimiento de los diez años de periodo máximo establecido. La renovación de la certificación se solicitará con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del plazo de vigencia de la anterior.
PASOS DEL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES A TRAVÉS DE INTERNET
- Para presentar solicitudes electrónicas por el canal telemático, los interesados han de disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica Certificado-e | DNI-e reconocidos e instalados en el navegador de su equipo, junto con la aplicación Autofirma actualizada, destinada a la firma-e en un trámite administrativo.
- Antes de cumplimentar los datos revise la informacion del procedimiento sobre el que desea presentar su solicitud en el Registro Electrónico Común (REC), si lo requiere a través del filtro «Buscador Catálogo de Trámites» Sede Electrónica || Gobierno de Cantabria. Realizar una búsqueda personalizada (completar campos del Asistente AVANZADO) para depurar los resultados del área de interés. Ej. de Filtro (Búsqueda Avanzada) >> | Término: "autorización" - "renovación" - "certificación" | Materia: Salud | Tipo: Autorizaciones... | Organismo: Consejeria de Sanidad | Órgano: Dir. Gral. de Ordenación, Farmacia e Inspección | Servicio: Ordenación Sanitaria | Destinatario: Empresa | »Buscar« | a continuación, seleccionar el trámite deseado del listado de búsqueda obtenido, para ampliar información vigente del procedimiento administrativo a gestionar.
- Se recomienda utilizar la aplicación libre Editor PDF Adobe Acrobat Reader DC (descarga gratuita)o instalación de una utilidad completa, configurada como solución alternativa fiable y equivalente de firma digital, disponible en su propio equipo con certificado electrónico admitido.
« No es necesario imprimir, ni escanear la instancia rellenable para firmar electrónicamente
al final del documento, en el espacio reservado, enmarcado a pie de página»
- Descargar desde esta pág web (enlaces activados disponibles), los formularios interactivos o plantillas asociadas al trámite correspondiente a realizar. (Guardar en el equipo local la solicitud a cumplimentar, no abrir en línea, ni rellenar con el navegador | visualizador por defecto, ni con sus herramientas de edición | conversión de formato, si no dispone del complemento de aplicación ADOBE lector PDF habilitado, asociado con su extensión "Adobe Acrobat Reader" de funciones avanzadas para firma-e de documentos).
- Abrir la plantilla rellenable con una aplicación específica, (tipo lector | editor, que permita utilizar funciones de visualizar, rellenar, firmar e imprimir archivos editables en formato PDF, para cumplimentar las solicitudes) con los datos requeridos, aceptando el aviso legal expreso de consentimiento informado (RGPD), en materia de protección de datos.
- Guardar en el equipo los documentos rellenados con los cambios realizados (firmarlos al finalizar con certificado electrónico válido), en espacio resaltado al final, a pie de página.
- Combinar o unir en un archivo PDF toda la documentación complementaria (preparada en su ordenador) para subir al sitio del registro electrónico oficial (REC).
- Generar la confección de “Carta de pago” (si procede), conforme al modelo y concepto exigidos, a través del canal telemático Oficina Virtualde la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT).
- Proceder al pago de tasas correspondiente, salvo exención (en pasarela de pago o entidad bancaria) y guardar el justificante de abono de la autoliquidación realizada.
- Anexar los formularios y la documentación adjunta, que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas (ejemplar para la administración) correspondiente.
- Presentar online las solicitudes rellenadas, añadiendo la documentación requerida para subir e inscribir en la Plataforma de Registro-E (REC),a través del procedimiento indicado (una vez ingresada en el sistema con firma digital, se facilitará un recibo con el número de registro, fecha, lugar y hora de su presentación).
- Guardar la solicitud e imprimir (si lo desea) y conservar el justificante del asiento (recibo de presentacion) del registro electrónico.
- Finalizar su presentación telemática y desconectarse para salir del portal institucional (Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria).
Información | Contacto
- Dirección: D.G.O.F.I. | Servicio de Ordenación Sanitaria - Sección Autorización de Centros
C/ Federico Vial, 13-2ª Plta. 39009 - Santander
Normativa
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- Decreto 4/2020, de 23 de enero, por el que se regula la publicidad sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 21, 31/01/2020).
- Ley 2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Comunidad Autónoma de Cantabria («BOCT» núm. 8, de 11 de enero de 2019 «BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2019)
- Orden SAN/48/2018 de 14 de junio, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios de los centros proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados en organizaciones no sanitarias de las Comunisdad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 116-14/06/2018).
- Orden SAN/7/2017, de 28 de febrero, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la autorización de funcionamiento de las ortopedias y los establecimientos de audioprótesis en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas «BOE» núm. 236, de 02/10/2015).
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Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
- Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 110- 10/6/2014).
- Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera.
- Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad.
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
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Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
- Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico. («BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2009)
- Orden SAN/29/2008, de 12 de junio, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal del Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 124- 26/6/2008).
- Orden SCO/3866/2007, de 18 de diciembre, por la que se establece el contenido y la estructura del Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Ministerio de sanidad y Consumo. (Boletín Oficial del Estado nº 312-29/12/2007).
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación - Guía Técnica de Accesibilidad en la Edificación 2001 - Cap. 5 - Espacios higiénicos-sanitarios («BOE» núm. 74, de 28/03/2006)
- Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria. («BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2003)
- Decreto 90/1998, de 23 de noviembre, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de los establecimientos de Ópticas. (BOC de 27 de noviembre de 1998 nº 237. pág. 7182)
- Orden de 27 de febrero de 1997 por la que se regula la creación, organización y funcionamiento del registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios (Boletín Oficial de Cantabria nº 47-6/3/1997).